BOLETIN INFORMATIVO N. 321
ORDENANZA PARA LA ADMINISTRACIÓN, ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO, OCUPACIÓN Y CONTROL DEL CENTRO INTEGRAL DE SERVICIOS “EL ÁNGEL”, YA SE ENCUENTRA PUBLICADA EN EL REGISTRO OFICIAL.
San Miguel.- La municipalidad de San Miguel de Bolívar informa a la colectividad sanmiguela que la “ORDENANZA PARA LA ADMINISTRACIÓN, ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO, OCUPACIÓN Y CONTROL DEL CENTRO INTEGRAL DE SERVICIOS “EL ÁNGEL” DEL CANTÓN SAN MIGUEL DE BOLÍVAR, ya esta publicada en el Registro Oficial – Edición Especial Año III-N. 1840 De conformidad con las disposiciones contenidas en el art. 322, inciso cuarto del Código Constitución y las Leyes de la República del Ecuador. Asimismo, adjuntamos el enlace correspondiente: http://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiNDcyYmJjYWMtN2RlMi00YWJjLTk3MWMtOGEzYTFiOGZlNGM2LnBkZiJ9
La presente ordenanza tiene por objeto regular el uso, funcionamiento, administración, ocupación y arrendamiento del Centro Integral de Servicios “EL ÁNGEL”, del cantón San Miguel de Bolívar; destinado para la comercialización de productos y prestación de servicios en el cantón San Miguel de Bolívar.
El Centro Integral de Servicios “EL ÁNGEL”, estará al servicio del público en general y destinado a la comercialización de productos, alimentos, expendio de comidas y prestación de servicios; así como para el comercio de artesanías y otros afines, siempre que guarden relación con la presente ordenanza.
Las personas interesadas en tomar en arrendamiento uno de los locales o puestos de comerciales en el Centro Integral de Servicios “EL ÁNGEL”, formularán personalmente la solicitud al señor Alcalde, debiendo darse prioridad a los comerciantes del cantón San Miguel de Bolívar y sus parroquias, adjuntando los datos y documentos siguientes: copia de cédula de ciudadanía y certificado único de votación; clase de negocio que va a establecer; certificado del Ministerio de Salud Publica en caso de que se vaya a expender alimentos; copia del RUC, RICE o credencial de artesano, según la actividad a realizar; certificado de no adeudar al GAD Municipal; solicitud en especie valorada adquirida en Recaudación Municipal; dos fotos a colores, actualizadas tamaño carnet; ubicación exacta del domicilio, pago de servicio básico (agua potable, energía eléctrica).
Los arrendatarios tendrán los siguientes derechos:
· Ejercer con absoluta libertad sus negocios y actividades, sujetándose en todo
· momento a las leyes y ordenanzas municipales.
· Ser escuchado por las autoridades competentes a cuyo cargo se encuentra el
· Centro Integral de Servicios “EL ÁNGEL”.
· Tendrá derecho de exigir a la municipalidad la dotación de los servicios básicos,
· tales como: agua potable, energía eléctrica, desalojo oportuno de la basura y
· atención permanente en los baños públicos.
· La Administración del Centro Integral de Servicios “EL ÁNGEL”, propiciará
· encuentros de capacitación con los comerciantes
Queda terminantemente prohibido las ventas ambulantes internas y externas en parques, avenidas, camineras internas del Centro Integral de Servicios “EL ÁNGEL”, portales, aceras y calles circundantes al Centro Integral de Servicios “EL ÁNGEL”, dentro de una área de influencia de una cuadra, a excepción de las autorizadas por el Concejo Municipal y las determinadas en la Ordenanza correspondiente.
´´CON ESPERANZA LOGRAMOS EL CAMBIO´´
Fuente: Unidad de Comunicación
LIC. JAEL TOAPANTA