BOLETIN INFORMATIVO N. 321

 


ORDENANZA PARA LA ADMINISTRACIÓN, ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO, OCUPACIÓN Y CONTROL DEL CENTRO INTEGRAL DE SERVICIOS “EL ÁNGEL”, YA SE ENCUENTRA PUBLICADA EN EL REGISTRO OFICIAL.

 

 

 

San Miguel.- La municipalidad de San Miguel de Bolívar informa a la colectividad sanmiguela que la “ORDENANZA PARA LA ADMINISTRACIÓN, ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO, OCUPACIÓN Y CONTROL DEL CENTRO INTEGRAL DE SERVICIOS “EL ÁNGEL” DEL CANTÓN SAN MIGUEL DE BOLÍVAR, ya esta publicada en el Registro Oficial – Edición Especial Año III-N. 1840 De conformidad con las disposiciones contenidas en el art. 322, inciso cuarto del Código Constitución y las Leyes de la República del Ecuador. Asimismo, adjuntamos el enlace correspondiente: http://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiNDcyYmJjYWMtN2RlMi00YWJjLTk3MWMtOGEzYTFiOGZlNGM2LnBkZiJ9

 

La presente ordenanza tiene por objeto regular el uso, funcionamiento, administración, ocupación y arrendamiento del Centro Integral de Servicios “EL ÁNGEL”, del cantón San Miguel de Bolívar; destinado para la comercialización de productos y prestación de servicios en el cantón San Miguel de Bolívar.

 

El Centro Integral de Servicios “EL ÁNGEL”, estará al servicio del público en general y destinado a la comercialización de productos, alimentos, expendio de comidas y prestación de servicios; así como para el comercio de artesanías y otros afines, siempre que guarden relación con la presente ordenanza.

 

Las personas interesadas en tomar en arrendamiento uno de los locales o puestos de comerciales en el Centro Integral de Servicios “EL ÁNGEL”, formularán personalmente la solicitud al señor Alcalde, debiendo darse prioridad a los comerciantes del cantón San Miguel de Bolívar y sus parroquias, adjuntando los datos y documentos siguientes: copia de cédula de ciudadanía y certificado único de votación; clase de negocio que va a establecer; certificado del Ministerio de Salud Publica en caso de que se vaya a expender alimentos; copia del RUC, RICE o credencial de artesano, según la actividad a realizar; certificado de no adeudar al GAD Municipal; solicitud en especie valorada adquirida en Recaudación Municipal; dos fotos a colores, actualizadas tamaño carnet; ubicación exacta del domicilio, pago de servicio básico (agua potable, energía eléctrica).

 

 

 

Los arrendatarios tendrán los siguientes derechos:

 

·      Ejercer con absoluta libertad sus negocios y actividades, sujetándose en todo

 

·      momento a las leyes y ordenanzas municipales.

 

·      Ser escuchado por las autoridades competentes a cuyo cargo se encuentra el

 

·      Centro Integral de Servicios “EL ÁNGEL”.

 

·      Tendrá derecho de exigir a la municipalidad la dotación de los servicios básicos,

 

·      tales como: agua potable, energía eléctrica, desalojo oportuno de la basura y

 

·      atención permanente en los baños públicos.

 

·      La Administración del Centro Integral de Servicios “EL ÁNGEL”, propiciará

 

·      encuentros de capacitación con los comerciantes

 

 

 

Queda terminantemente prohibido las ventas ambulantes internas y externas en parques, avenidas, camineras internas del Centro Integral de Servicios “EL ÁNGEL”, portales, aceras y calles circundantes al Centro Integral de Servicios “EL ÁNGEL”, dentro de una área de influencia de una cuadra, a excepción de las autorizadas por el Concejo Municipal y las determinadas en la Ordenanza correspondiente.

 

 

 

´´CON ESPERANZA LOGRAMOS EL CAMBIO´´

 

Fuente: Unidad de Comunicación

 

LIC. JAEL TOAPANTA   

 

 

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