San Miguel, 4 de Julio 2022

BOLETÍN DE PRENSA N° 327

UNIDAD DE TRÁNSITO SAN MIGUEL DE BOLÍVAR EXONERARÁ MULTAS POR CALENDARIZACIÓN PARA LOS VEHICULOS CUYAS PLACAS TERMINEN EN DÍGITO 5

 

 

San Miguel. - En la sala de reuniones de la alcaldía se llevó a cabo la SEXTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CONCEJO MUNICIPAL, misma que se desarrolló el pasado jueves 30 de junio con la presencia de los señores concejales, procurador sindico, secretario general; y, Stalin Carrasco, alcalde del cantón, quien presidio la sesión, respecto ´´Conocimiento y resolución del Concejo Municipal de la Resolución No. 089-DE-ANT-2022´´, en donde la Agencia Nacional de Transito del Ecuador (ANT) expide la resolución de ´´EXONERACIÓN DE MULTAS POR NO REALIZAR O CONCLUIR EL PROCESO DE MATRICULACIÓN DENTRO DE LA CALENDARIZACIÓN ANUAL PARA LOS VEHICULOS CUYAS PLACAS TERMINEN EN DÍGITO 5´´.  

Es por ello, que el Concejo Municipal, en uso y ejercicio de sus atribuciones con la participación de los miembros plenos, y conociendo los informes emitidos por la Ing. Anabel Sánchez Ramos, jefa de la unidad de tránsito, en donde sustenta la medida mediante un informe técnico que contiene el detalle de los usuarios afectados por la paralización nacional y la causa que justifique la exoneración del pago de la calendarización RESUELVEN: 

Articulo 1.     Acoger el exhorto de la Agencia Nacional de Transito del artículo 1 de la RESOLUCIÓN No. 089-DE-ANT-2022, en uso de sus atribuciones y en ejercicio de la competencia para el proceso de matriculación vehicular, se proceda a exonerar la multa de veinticinco dólares de los Estados Unidos de Norteamérica ($25,00) generadas por el retraso en el proceso completo de matriculación vehicular dentro de la calendarización para vehículos cuya placa termine en dígito (cinco) 5 a partir del 20 de junio de 2022, hasta el 31 de diciembre de 2022; vencido este período, estos recargos serán registrados de manera automática en el sistema para todos los casos posteriores a dicho período. 

Articulo 2.     Acoger el exhorto de la Agencia Nacional de Transito del artículo 2 de la RESOLUCIÓN No. 089-DE-ANT-2022, para que, en uso de sus atribuciones y en ejercicio de la competencia para el proceso de matriculación vehicular, procedan a exonerar las multas que se pudieran generar por el retraso en el proceso completo de traspaso de dominio del vehículo, en los casos de compra venta de vehículos realizadas a partir del 20 de junio de 2022, hasta 30 días después de la fecha en la que se levante el paro nacional, sin que el mismo constituya la contravención de tránsito tipificada en el numeral 13) del artículo 392 del Código Orgánico Integral Penal, en función de la fuerza mayor mencionada en los considerandos de la presente Resolución; aclarando que el paro nacional finalizo el 30 de junio de 2022. 

Articulo 3.     Por intermedio de la Unidad Técnica de Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal San Miguel de Bolívar, se proceda a notificar con la presente resolución a la Agencia Nacional de Transito - Bolívar con sede en el cantón Guaranda. 

 

Articulo 4.     Cúmplase y notifíquese. 

 

´´CON ESPERANZA LOGRAMOS EL CAMBIO´´

Fuente: Unidad de Comunicación

LIC. JAEL TOAPANTA     

 

 

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